El uso obligatorio del Documento Nacional de Identidad (DNI) por la calle es una duda que a día de hoy muchos ciudadanos siguen sin saber. Además, dicha duda plantea la siguiente cuestión ¿Pueden multarme si me piden el DNI y me lo he dejado en casa?

En caso de que no llevemos el DNI, según la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana señala que los agentes “podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales más próximas en las que se disponga de los medios adecuados para la práctica de esta diligencia”.

Pero, la Ley Mordaza, aprobada el 31 de marzo de 2015, marca en el artículo 9.2 “explica que no es obligatorio llevar esta identificación encima pero sí que lo es identificarse cuando la autoridad lo requiera, mediante el DNI, otros medios o incluso acompañando a los agentes a sus dependencias si es necesario para ello”.

“Llevar la identificación está marcado como derecho para impedir que alguien se la quite, y es una obligación para poder saber quiénes son. Pero como no está especificado, no es sancionable.

En definitiva, el no llevar el DNI por la vía pública no supone ninguna sanción económica, pero es recomendable ya que así, el ciudadano evita tener que ir a comisaria para demostrar su identidad. Eso, en cualquier momento los agentes de autoridad (Policía Nacional, Municipal, Autonómica, o Guardia Civil) pueden pedir el DNI a un ciudadano y negarse a enseñar este documento si es motivo de sanción y puede acarrear una multa.

Fuente: Economist & Jurist