Justicia aclara el régimen transitorio del trámite de información al ciudadano sobre las hipotecas

 

La nueva ley obliga a las entidades a remitir sus ofertas vinculantes de crédito a los notarios “por medios telemáticos seguros” que deben permitir al fedatario público la “comprobación fehaciente de la fecha en la que se incorporaron a la aplicación”.

Desde ayer y hasta el próximo 31 de julio, estas comunicaciones se podrán efectuar sin hacer uso de esas plataformas telemáticas previstas en la ley, empleando otros medios alternativos, como la entrega de la documentación en papel, su remisión por correo o incluso por medios informáticos que reúnan las debidas medidas de seguridad. De esta forma, con carácter transitorio y durante un mes y medio desde el próximo domingo, fecha de entrada en vigor de la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario aprobada el pasado 15 de marzo, se admitirá el uso de tales medios alternativos.

Fuente: El Derecho